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1 de julio de 2024
FM Del Condado
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Política

Al igual que Cristina Kirchner, Lázaro Báez solicitará su absolución en el caso Vialidad



Lázaro Báez y Cristina Kirchner comparten la misma acusación en el caso Vialidad: estar condenados por el delito de administración fraudulenta, maniobra que los involucró, y que según el criterio del Tribunal Oral Federal 2, representó un perjuicio de 80.000 millones de pesos para el Estado.

Este lunes, en la anteúltima audiencia ante la Cámara de Casación responsable de revisar la condena, la defensa del empresario patagónico, pedirá su absolución rechazando los fundamentos de los jueces y el pedido de una pena de seis años de cárcel.

El abogado Juan Villanueva, tal como planteó en la apelación de la sentencia condenatoria, solicitará la absolución del ex socio comercial de Cristina Kirchner. En su planteo refuta la tesis del Ministerio Público Fiscal que en el juicio representaron los fiscales Diego Luciano y Sergio Mola y que ante la Casación, sostuvo Mario Villar. Todos coincidieron en remarcar que sin Lázaro Báez la maniobra defraudatoria no se podría haber concretado.

Contrario a lo que manifestaron los fiscales y que se volcó en la sentencia condenatoria, el abogado del dueño del Grupo Austral reitera que no existen pruebas que sustenten la acusación.

La justicia federal en este expediente, señaló que sin Lázaro Báez no habría existido la maniobra bajo investigación. Los fiscales del juicio por el presunto direccionamiento de la obra pública a favor del Grupo Austral -esto es 51 contratos por $ 46.000 millones-, se refirieron a un accionar delictivo por parte del ex socio comercial de los Kirchner.

Cuando la sentencia llegó al máximo tribunal penal para su revisión, tras todas las apelaciones formuladas, el Ministerio Público Fiscal ponderó como agravante «la creación del armado societario para receptar los contratos viales, como también el lucro personal que se expone en su incremento patrimonial”.

Esa referencia se vincula directamente con dos números que son parte del expediente: el incremento en un 12.000% de la fortuna de Lázaro Báez a quien el Tribunal de Tasación de la Nación (TTN) le adjudicó 1.412 bienes muebles e inmuebles por 205 millones de dólares a valores de 2016.

El otro número es 46.000% y responde al incremento del patrimonio de Austral Construcciones a quien la justicia comercial le comenzó a rematar en el marco de la quiebra, el extenso listado de bienes para cumplir con la distribución entre los acreedores, entre los que se encuentra la AFIP con un reclamo cercano a los $ 2.000 millones.

La fiscalía en su apelación insistió en que a Báez le corresponden doce años de prisión porque se le debe atribuir, al igual que a la ex vicepresidenta, el delito de asociación ilícita. En el caso de Cristina Kirchner en carácter de jefa y al empresario como organizador.

Cuando se solicitó ante la Sala IV de la Casación que la sentencia acusatoria sea modificada y que se apliquen penas mayores, el fiscal general Mario Villar, se refirió a Báez en varios tramos, como “un empresario creado” para que la asociación ilícita pueda cumplir con su finalidad: direccionar contratos viales, desviar fondos públicos.

Ante la Casación Federal, dijo que “se trata de graves hechos de corrupción” al analizar este primer cuadro delictual. Y señaló que hubo una «estructura delictual organizada», en relación al delito que busca que se la atribuya a Cristina Kirchner.

Con una mirada diametralmente distinta a la misma, la defensa de Báez insiste en que los delitos atribuidos “no existieron”. Defendió en su apelación, los contratos adjudicados revistiéndolos de total legalidad y bajo los circuitos administrativos correspondientes.

En este punto ya había argumentado que «no existió ninguna administración fraudulenta ni ningún perjuicio al Estado y sería entonces imposible que Lázaro hubiera sido el organizador de una asociación ilícita siendo que no tenía injerencia en nada vinculado a los contratos confeccionados ni presupuestos asignados».

Para el Ministerio Público Fiscal, la asociación ilícita está integrada por Cristina Kirchner, Julio De Vido, José López, Nelson Periotti y Lázaro Báez, “que realizaron los hechos investigados y se “organizaron para cometerlos”. En el caso Vialidad “se cumplen los elementos de la asociación ilícita: se da el elemento organizacional, la voluntad unificada de sus participantes y la indeterminación de los delitos”.

Este último concepto es clave. El fiscal refutó el criterio de la mayoría del Tribunal de juicio, cuyos jueces entendieron que las 51 licitaciones adjudicadas a Báez constituyeron “un sólo hecho de administración fraudulenta, no habría planes múltiples y no se da el número de integrantes de la asociación ilícita”.

En un sentido opuesto a esto, la fiscalía considera que cada licitación es una defraudación en sí misma, es decir, cada proceso licitatorio constituyó un delito individual.

Cuando el TOF 2 condenó a la ex presidenta y vicepresidenta, a Lázaro Báez, José López, Nelson Periotti -y demás acusados-, hubo unanimidad a la hora de atribuirles la administración fraudulenta en perjuicio del Estado, sin embargo, la disidencia se produjo en el delito de asociación ilícita. Sólo el voto del juez Andrés Basso convalidó el alegato de la fiscalía a diferencia de sus pares, Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu.



Fuente Oficial